Programa de Intervención
social a cargo de la Trabajadora Social
Dos son los colectivos a tratar dentro del Programa de
Intervención Social Individual, las familias en situación de vulnerabilidad
social y los adultos. En cumplimiento de la finalidad de la entidad y según
consta en sus estatutos, se requiere que sean socios, por lo que alguno de sus
miembros contará con diagnóstico de TDAH.
Para delimitar la tipología de situaciones a atender,
bajo estas líneas se desarrolla un listado de las mismas que sirva de
orientación para el acotamiento de los casos a asumir.
A) Familias en
situación de vulnerabilidad.
1.- Familias
monoparentales de madre o padre con menores a su cargo afectados por TDAH.
2.- Familias con hijos
de origen adoptivo y que se encuentran con un nuevo reto al contar una
problemática de TDAH.
3.- Familias que
atraviesan momentos de crisis a causa de problemáticas ajenas al
TDAH,
pero que supone una traba para la adecuada atención a los hijos con diagnóstico
del trastorno: enfermedad aguda, enfermedad crónica, atención a personas con
dependencia y/o discapacidad, adicciones en algún miembro de la unidad
familiar, ausencia del hogar de uno de los progenitores por causa de fuerza
mayor (empleo, cumplimiento de penas,…), situaciones de violencia de
género, entre otras.
4.- Familias con
Declaración Administrativa de Riesgo o Desamparo que en su plan de
intervención los SS.SS públicos consideran que requieren de intervención por
parte de ARPANIH, por lo que nos son derivados.
5.- Familias SIN
Declaración Administrativa de Riesgo pero que cuentan con indicadores, que en su plan de
intervención los SS.SS públicos consideran que requieren de intervención por
parte de ARPANIH al objeto de evitar una Declaración Administrativa, por lo que
nos son derivados.
6.- Familias
separadas/divorciadas con hijos con TDAH en las que no existe acuerdo entre los
progenitores para la adecuada atención del menor.
7.- Familias con un
miembro diagnosticado como TDAH en las que los progenitores ven afectada su
estabilidad como pareja a causa de la pérdida de la
“normalidad”.
8.- Menores tutelados
por la Administración que cuentan con diagnóstico de TDAH (se debería de
establecer un convenio) en los que el director del centro donde
residen ejerce su guarda y custodia. De la misma forma deberá estar contemplada
la necesidad de intervención en su plan correspondiente.
9.- Familias
multiproblemáticas en las que algunos de sus miembros cuenta con diagnóstico de
TDAH.
10.- Detección de
situaciones de riesgo en menores que participan en las actividades de la
entidad. Ante la sospecha de ello por algún profesional
involucrado en ARPANIH se valorará el caso y si se tiene constancia de todo
ello se informará a la Administración Competente para su valoración, en
cumplimiento de la Ley.
11.- Detección de
situaciones de riesgo en personas vulnerables (ancianos, mujeres,
personas extranjeras, personas con discapacidad,…) que forman parte de familias
atendidas por la asociación. Se procederá de la misma forma que el caso
anterior.
12.- Otros casos que surjan
y no se encuentre contemplados en el listado.
13.- Otras propuestas de la
Junta de la entidad.
B)
Adultos con diagnóstico de TDAH.
1.-
Personas adultas con diagnóstico reciente.
2.- Personas adultas con
diagnostico antiguo y que no han sido tratados, por lo que en el
momento actual ven afectadas sus ABVD de forma leve, moderada o
grave.
3.- Familias de personas
adultas con diagnóstico en TDAH que desconocen como apoyar o
conducir su situación.
4.- Otros casos que surjan y
no se encuentren reflejados en este listado.
5.- Otras propuestas de la
Junta de la entidad.
Horario de atención: miércoles de 11'30 a 13:30 h.
Contacto para solicitar cita por el teléfono o el correo electrónico
608 692 614
tsocial.arpanih@gmail.com
Es necesario solicitar cita previamente.