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miércoles, 25 de febrero de 2015

Pero ¿a qué llaman “aluvión” de niños con TDAH,?

Hace unos días hemos podido leer en las páginas del periódico La Rioja, un titular que nos sorprendía. El titular reza; “Aluvión de niños con déficit de atención e hiperactividad en los colegios de la Rioja" y apostilla "en sólo 5 años el número de alumnos diagnosticados por TDAH en La Rioja ha crecido casi un 40% se ha pasado a 568". 
Esta fue la información de la portada de La Rioja, el pasado domingo 15 de febrero, que ensombrecía al artículo a doble página del interior. 

La afirmación se sustenta en la siguiente tabla:

Alumnos con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (ACNEAEs)
2015-14
2014-13
2013-12
2012-11
2011-10
Incremento %
NEE
1607
1623
1553
1434
1239
29,7%
TDAH
568
550
514
514
407
39,5%
DIF. APRDJE
2145
2118
1851
1493
1144
87,5%
ITSE
663
706
793
801
473
40,1%
DESV. SOC-ED
1628
1744
1860
1675
1313
23,9%
TGP
36
43
46
45
42
-14,2%
AL T. CAP. INT.
147
148
126
107
62
137%
TOTAL
6794
4680
45,1%


¿Es coherente calificar de aluvión, un aumento de 160 diagnósticos en 5 años? 

Si analizamos los datos, el porcentaje puede resultar engañoso, el incremento es de media alrededor de 30 nuevos diagnósticos por año en nuestra comunidad. Pero lo realmente importante es que sean diagnósticos correctos, ni uno más ni uno menos de los necesarios y que sirvan para ayudar a los niños afectados por el trastorno.
Además para valorar los datos debemos tener en cuenta de donde partimos, ya que  hasta hace poco los diagnósticos del trastorno eran residuales. En los últimos años ha mejorado notablemente el conocimiento del TDAH entre los profesionales clínicos y en consecuencia encontramos más diagnostico.
Aluvión, tiene varios sinónimos, tromba, avenida, desbordamiento, avalancha y todas las acepciones me parecen desafortunadas en este contexto, incluso exageradas y tendenciosas
 
Afirmaciones como  “aluvión de niños con TDAH en los colegios de la Rioja” ahondan en una idea errónea de la existencia de sobre-diagnostico.  Sin embargo, según la Guía de Práctica Clínica de TDAH sobre Niños y Adolescentes del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, editada  en 2010, la prevalencia del trastorno está entre el 3-7 % de la población en edad escolar.  Luego, en función de la población en edad escolar de nuestra comunidad, la cifra de 568 alumnos con TDAH, están por debajo de la  prevalencia media del trastorno.

Por desgracia no es la primera vez que sucede algo parecido y personalmente me estoy planteando muy seriamente la utilidad para nuestras familias de colaborar con los medios escritos. Pero lo que más me preocupa es que este tipo de populistas afirmaciones, generan corrientes de opinión social que favorecen la idea de que “ahora, todos los niños son hiperactivos”.  La consecuencia para nosotros y nuestros hijos  es que se trivializa un trastorno muy serio con graves repercusiones para los afectados y sus familias, si no se diagnostica y se trata a tiempo. 

Hablar de cosas que no se conocen bien tiene riesgos y no es raro que se cometan errores que no tendrían  mayor importancia, si no fuera que vienen en la portada de un medio de comunicación.

Josefina Rodríguez
Presidenta ARPANIH



lunes, 14 de julio de 2014

Ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo (2014-2015)


Datos generales:

    Descripción:
Ayudas para cursar estudios reglados de enseñanza en niveles obligatorios y postobligatorios detallados en la convocatoria.
    Modalidades:
o    Ayudas directas para el alumnado incluyendo al afectado por TDAH (trastorno por déficit de atención por hiperactividad) que requiera por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.
o    Ayudas y subsidios para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta.
o    Ayudas para programas complementarios, a alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades.
    Destinatarios:
Alumnos escolarizados en centros educativos españoles, que acrediten la necesidad específica de recibir apoyo educativo y reúnan los requisitos establecidos.
    Requisitos:
o    Generales: acreditar la necesidad específica de apoyo educativo, de acuerdo con lo requerido en las bases de la convocatoria para distintas situaciones y tipos de ayuda a conceder
o    Económicos
    Plazo de presentación
o    Desde: 14 de julio de 2014
o    Hasta: 30 de septiembre de 2014
    ¿Cómo realizarlo?:
A través de la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte mediante formulario on-line.

Convocatoria:

    Texto convocatoria:  Documento de convocatoriaoficial.
    Fecha de publicación:  12 de julio de 2014

Solicitud:

    Documentación requerida:
Para acreditar los requisitos generales: Alguno de los tres siguientes documentos:
o    Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
o    Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente (el formulario genera el modelo)
o    Certificado de discapacidad.
Para acreditar, en su caso, la necesidad de recibir ayuda para reeducación pedagógica y del lenguaje:
o    certificados específicos de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente según los modelos que genera el formulario, y
o    certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro que lo presta (según el modelo que genera el formulario).
Para acreditar las circunstancias que dan derecho a deducción de la renta (familias numerosas, discapacidad calificada, etc.), presentará también documentación acreditativa según el caso: fotocopia del carnet de familia numerosa, del libro de familia, del certificado de discapacidad, de la pensión de orfandad, etc.
    Lugar de entrega:
o    Solicitantes con certificado reconocido de firma electrónica: a través del registro telemático del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. (enlace)
o    Solicitantes sin certificado reconocido de firma electrónica: imprimirán el modelo de solicitud y lo presentarán, una vez firmado, en el centro educativo en que se van a realizar los estudios en el curso 2014/2015.

Más información sobre este trámite o servicio:
    Teléfono: 913 277 681
    Dirección de correo: www.educacion.gob.es/consultas-informacion/

http://www.unimeleducacion.com/wp-content/uploads/2014/02/1024px-Logotipo_del_Ministerio_de_Educaci%C3%B3n_Cultura_y_Deporte-1.png
Información obtenida de la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.